Participar plenamente de las elecciones demuestra el compromiso de formar parte de una sociedad democrática y activa. En un año cargado de elecciones, conocer acerca de qué trata la accesibilidad electoral es una forma de visibilizar algunas de las adaptaciones necesarias para que las personas con discapacidad accedan al derecho de votar.
La ley nacional 26.571/09 sobre Democratización de la Representación Política, la Transparencia y la Equidad Electoral plantea medidas especificas que deben considerarse para asegurar el voto inclusivo. Esto es conocer acciones y procedimientos que deben implementarse para que los ciudadanos que tengan discapacidad puedan participar en igualdad de condiciones de este proceso. En algunos casos, la persona necesitará algún tipo de asistencia para ejercer el derecho al voto. De ser así, la autoridad de mesa podrá solicitar los datos del acompañante los cuales serán asentados en el padrón, para luego ingresar al cuarto oscuro. Si esa persona con discapacidad no se encuentra acompañado y así lo requiere, podrá solicitar la asistencia en su mesa de votación correspondiente.
En otros casos, habrá otras medidas de accesibilidad como, por ejemplo: usar diversos medios para firmar en caso de no poder hacerlo por cuenta propia, ingresar al cuarto oscuro acompañado por un perro guía; en edificios donde haya escalones o escaleras y se requiera de asistencia para llegar al lugar de votación también solicitarla al delegado o al personal del establecimiento.
Estas adaptaciones también pueden estar dirigidas a:
- Adultos mayores
- Mujeres embarazadas
- Personas que sufren lesiones temporales en miembros superiores o inferiores
- Personas con cardiopatías, diálisis o en tratamientos oncológicos, entre otros.
Es importante mencionar que, de la misma forma en que señalamos que el proceso eleccionario debe ser accesible e inclusivo es imprescindible que los candidatos políticos incluyan en sus propuestas la discapacidad como eje de trabajo, así como cumplir con la accesibilidad comunicacional al transmitir sus ideas en los medios y en las redes. Esto quiere decir que debe tenerse en cuenta el lenguaje sencillo, la Lengua de Señas Argentina (LSA) y el subtitulado, entre otras estrategias propias de la accesibilidad comunicacional.
La siguiente votación será el domingo 13 de agosto y se la conoce como las PASO, cuya sigla quiere decir: Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias. Se trata de una primera instancia en donde compiten los precandidatos de cada partido o frente para definir quién será el que se postule a los comicios generales.
Las Elecciones Generales se llevarán a cabo el 22 de octubre y se votará a los candidatos a presidente, vicepresidente, 43 parlamentarios y parlamentarias del Mercosur, 130 diputados y 24 senadores nacionales. Quienes resulten electos serán las nuevas autoridades de nuestro país durante los siguientes cuatro años.
Se recomienda, antes de las fechas de las elecciones, conocer dónde se deberá votar, consultando con el número de DNI en el padrón electoral: www.padron.gob.ar.
Quienes deseen tener más información sobre este tema podrán ver los siguientes enlaces: https://www.argentina.gob.ar/dine/voto-inclusivo#2
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