Pandemia: Lo que se puede hacer y lo que no

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En San Carlos de Bariloche y Dina Huapi se mantienen hasta el 13 de mayo una serie de medidas de prevención para frenar el aumento de casos de COVID-19. Repasá que actividades están permitidas y cuáles se encuentran con restricciones.

Las medidas fueron consensuadas entre el Gobierno de Río Negro, los Municipios, sectores de la salud y referentes empresariales. Fueron establecidas por las Resoluciones 2895 (https://bit.ly/3aJL4Bg) y 2925 (https://bit.ly/3xv56t9) del Ministerio de Salud.

La circulación

La circulación de las personas, por cualquier medio habilitado, sólo podrá realizarse entre las 7 y las 20. Se exceptúa de esta medida al personal considerado esencial a los fines de la atención de la emergencia sanitaria Decreto Nacional 297), debiendo acreditar tal circunstancia ante requerimiento de cualquier autoridad pública.

Los comercios

Los comercios de productos esenciales, no esenciales, restoranes, bares, cafés, heladerías, establecimientos similares y aquellas actividades de servicios no esenciales podrán funcionar entre las 10 y las 19.

En todos los casos, los protocolos sanitarios específicos deberán propender a disminuir el aforo en espacios cerrados y privilegiar la utilización de espacios al aire libre, con estricto control del resto de las acciones preventivas establecidas para prevenir el contagio del COVID-19.

Las clases

Se dispuso la suspensión del dictado de clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en todos los niveles y en todas sus modalidades.

Los establecimientos escolares permanecerán abiertos debiendo asegurar el intercambio de actividades, materiales, devoluciones, con estudiantes y familiares.

El Ministerio de Educación y Derechos Humanos establecerá el mecanismo a implementar para garantizar la continuidad pedagógica durante el período de suspensión establecido por la presente.

Actividades suspendidas

Se suspendió la apertura de gimnasios y afines para la práctica de deportes en lugares cerrados; las actividades de casinos, bingos, discotecas y salones de fiestas y eventos (sin distinción de aforo) y las actividades de cines, teatros, clubes, centros culturales y otros establecimientos afines.

Los bancos

Las entidades financieras y bancarias podrán funcionar entre las 10 y las 19, de acuerdo a los protocolos sanitarios específicamente aprobados.

Reuniones, deporte y cultura

Está prohibida la realización de actividades y reuniones sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados. También se prohíbe la realización de actividades deportivas y culturales cualquiera sea la cantidad de personas.

También queda prohibido en todos los ámbitos de trabajo, la reunión de personas para momentos de descanso, esparcimiento, comidas o cualquier otro tipo de actividad, que se realice en espacios cerrados sin el estricto cumplimiento de la distancia social de dos metros entre los y las concurrentes y sin la ventilación constante y adecuada de todos los ambientes.

Teletrabajo

A los fines de disminuir la circulación, se sugiere al sector público y privado fomentar el teletrabajo en la medida de las posibilidades de cada área como medida preventiva contra el COVID-19.

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