COVID-19: Las principales medidas de Nación, de cumplimiento obligatorio

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En Río Negro, comenzaron a regir las nuevas disposiciones determinadas por el Gobierno Nacional a través del DNU 334/21. Las medidas son de cumplimiento obligatorio y se aplican en todo el territorio. No es necesaria ninguna adhesión provincial o municipal. Las disposiciones estarán vigentes desde hoy (sábado 22/05) hasta el 30 de mayo inclusive, y los días 5 y 6 de junio.

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Principales medidas del DNU 334/21 (https://bit.ly/3bIEKe0)

– Se prorroga el Decreto 287/21 (https://bit.ly/3o3kzfH) que establece el marco normativo general, incluyendo los parámetros de riesgo y las medidas de prevención y conducta general, entre otras cosas.

– La restricción de circulación nocturna regirá desde las 18 y hasta las 6 del día siguiente.

– Se suspende la presencialidad en las actividades económicas, industriales, comerciales, de servicios, culturales, deportivas, religiosas, educativas, turísticas, recreativas y sociales. Los trabajadores y las trabajadoras deberán realizar sus tareas bajo la modalidad de teletrabajo, cuando ello sea posible.

– Las personas deberán permanecer en sus residencias habituales y solo podrán desplazarse para aprovisionarse de artículos de limpieza, medicamentos, alimentos y otros de necesidad en los comercios esenciales y dentro del horario habilitado, siempre en cercanía a sus domicilios. Para este tipo de salidas, no será necesario contar con autorización para circular.

– Podrán realizarse salidas de esparcimiento en espacios públicos, al aire libre, de cercanía, en horario autorizado para circular y dando cumplimiento a las reglas de conducta generales. Para este tipo de salidas, no será necesario contar con autorización para circular.

– No se podrán realizar reuniones de personas, ni concentraciones, ni prácticas recreativas grupales, ni se podrá circular fuera del límite del partido, departamento o jurisdicción del domicilio de residencia.

– La gastronomía funcionará por delivery o take-away (retiro en el lugar).

– Se establecieron excepciones para circular en transporte público y sin uso de transporte público. En ambos casos se deberá presentar el Certificado Único Habilitante para Circulación – Emergencia COVID-19 (dentro del territorio, también funcionará el permiso CirculaciónRN). El desplazamiento deberá limitarse al estricto cumplimiento de la actividad autorizada. Las excepciones pueden verse en este artículo: https://www.rionegro.gov.ar/?contID=68762

– Los rubros de actividades consideradas esenciales por la Nación son las siguientes: https://www.argentina.gob.ar/circular/actividades-permitidas

– Siguen suspendidos los viajes grupales, de estudio y turísticos; las reuniones sociales de más de 10 personas.

– Continúan vigentes las reglas de conducta generales y obligatorias: mantener una distancia mínima de dos metros, utilizar tapabocas en espacios compartidos, ventilar los ambientes en forma adecuada y constante, higienizarse asiduamente las manos, toser o estornudar en el pliegue del codo, dar estricto cumplimiento a los protocolos de actividades y a las recomendaciones y la prohibición de circular para casos confirmados, sospechosos o contactos estrechos de COVID-19. 

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