Coronavirus: principios fundamentales para abordar una correcta discusión en torno a la salud

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Por Norberto Lembo, autor del libro Economía y Salud y de otros libros vinculados con el tema.

Entre las 20 y las 21 hs. de cada día, suenan las campanadas que nos llaman a ver cuántos nuevos casos de contagio han aparecido por la pandemia y llaman, asimismo, a demostrar gratificación hacia el trabajo del personal de la salud.

Por su parte, desde que iniciamos la mañana hasta que terminamos la noche, oímos infinidad de noticias vinculadas a la salud, que nos llegan desde todos los frentes. Sin embargo, los debates y las opiniones que tanto legos y como profesionales brindan carecen de un sostén fundamental: el conocimiento sobre el derecho al acceso a la salud.

De acuerdo con la Organización Mundial de la Salud (OMS), la mayor parte de la población a nivel global podría contraer el nuevo coronavirus SARS CoV-2, causante de la actual crisis sanitaria por Covid-19, advirtió el organismo durante su asamblea anual, que esta vez se realizó de forma virtual el 18 de junio pasado. Solo este dato, sin necesidad de ahondar en más cifras, ilustra la magnitud del problema que atraviesa la comunidad mundial y, por supuesto, la argentina en términos de salud, pero también, por supuesto, en términos económicos, entre otros.

¿Cómo será la denominada «nueva realidad»?, ¿qué cambiará? No lo sabemos, aunque varios indicios señalan que nos transformaremos como sociedad. No obstante, acá abordaremos un tema que debe ser dimensionado en toda su magnitud y su peso sin enfoques contrafácticas.



Fundamentos para discutir sobre salud

Pasados los años, siguen teniendo relevancia cuestiones que abordamos en Economía y Salud, con el excelente y médico cardiólogo sanitarista Jorge Califano. Allí explicamos, en principio, dos hechos históricos que dieron origen al concepto de salud actual. El primero surge a fines del siglo xix, cuando la enfermedad en Europa deja de ser un problema individual y se convierte en uno de carácter comunitario. El segundo tiene lugar cuando, luego de la Segunda Guerra Mundial, la noción de enfermedad da paso a una idea más amplia, la de salud.

Desde 1948 a la fecha, rige la definición de salud elaborada por la OMS: «La salud es un estado de completo bienestar físico, mental y social y no simplemente la ausencia de afecciones o enfermedades». De esta forma, se llevó a cabo un viraje de un paradigma puramente organicista y fisiológico utilizado para definir la vida a otro en el que se reconoce como persona sana a aquella que se encuentra en estado de bienestar tanto en su cuerpo como en su mente, en sus relaciones interpersonales y con la sociedad.

Con la comprensión de la salud como propia del ámbito colectivo, el Estado debe responsabilizarse por la salud de cada ciudadano. Por lo tanto, los gobernantes en su conjunto tienen el deber de accionar determinados mecanismos para elevar el nivel sanitario, asegurar la cobertura médica de todos los individuos, estimular la prevención, controlar las enfermedades, establecer seguros y determinar la modalidad de financiamiento.

A nivel internacional, esta noción de salud anclada en el ejercicio de los poderes estatales se acentuó aún más luego de la Declaración de Alma Ata (1978) y de la Carta de Otawa (1986).

Por su parte, cabe señalar que el derecho a la salud, en el texto constitucional argentino, no se encuentra sistematizado como resultaría deseable, pero la doctrina y la jurisprudencia de nuestros tribunales han suplido esa falencia al reconocer a aquel como derecho fundamental.

Al respecto, valgan como referencia los siguientes artículos de nuestra Constitución:

Art. 14 bis: «… El Estado otorgará los beneficios de la seguridad social que tendrá carácter de integral e irrenunciable. En especial la ley establecerá: el seguro social obligatorio…».
Art. 33: «Las declaraciones, derechos y garantías que enumera la Constitución no serán entendidos como negación de otros derechos y garantías no enumerados, pero que nacen de la soberanía del pueblo y de la forma republicana de gobierno».
Art. 41: «Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo…».
Art. 42: «Los consumidores de bienes y servicios tienen derecho en la relación de consumo a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a una información adecuada y veraz, a la libertad de elección y a condiciones de trato equitativo y digno».
Art. 75, inc. 18: «Corresponde al Congreso… Proveer lo conducente a la prosperidad del país, al adelanto y bienestar de todas las provincias…».
Art. 75, inc. 19: «Proveer lo conducente al desarrollo humano, al progreso económico con justicia social…».
No hay duda que la salud se encuentra ínsita en el concepto de bienestar general al que hace referencia nuestra Constitución Nacional (CN), más aún, es un parámetro del bienestar y, como tal, un bien social, público y colectivo, y un corolario del derecho a la vida, a la integridad psicofísica y a la libertad. Asimismo la expresión desarrollo humano, contenida en el inciso 19 del artículo 75 de la CN, ya referido, solo es posible a través de la protección efectiva del derecho a la salud.

De este modo, la salud individual depende, tanto en su género como en la posibilidad de disfrutarla, de la manera de vivir y de factores fuertemente ligados a aspectos socioeconómicos y de injerencia estatal.



Situaciones que se presentan en el acceso a la salud

La igualdad en el acceso a los servicios de salud es condición necesaria, pero no suficiente, para alcanzar la equidad. Profundicemos al respecto.

A nivel local, hasta 1943, la salud fue competencia del Departamento Nacional de Higiene del Ministerio del Interior. Ese mismo año, se dio el primer paso hacia el reconocimiento de la salud pública como área de interés específico con la creación de la Dirección Nacional de Salud Pública y Asistencia Social, que, en 1949, se transformó en Ministerio.

En términos mundiales, la diferencia entre la vida saludable de individuos y colectivos de distintos poderes adquisitivos ha aumentado. En Canadá, por ejemplo, los individuos con menos recursos económicos tienen once años menos de vida saludable que los de mejor posición económica, en promedio, mientras que, en Francia, la esperanza de vida de un profesor universitario es nueve años mayor que la de un obrero especializado, países ambos con servicios de salud con asistencia universal e igualitaria.

En la Cumbre Social de marzo de 1995, convocada por la Organización de las Naciones Unidas en Copenhague, quedó establecido que el aumento de la inequidad es el mayor de los problemas comunes a todas las naciones del mundo.

Los esfuerzos por disminuir la inequidad en salud se han focalizado en el acceso a los servicios. Es decir, se ha buscado que hubiera la misma cantidad y la misma calidad de servicios de salud para todos y cada uno de los habitantes. Así la lucha contra las inequidades constituye el mayor desafío de todos los sistemas de salud, no solo del nuestro.

Y, en este sentido, la política de salud es un ámbito privilegiado para alcanzar la equidad. Además, en un orden mundial en el cual aumenta la exclusión, la búsqueda de la equidad en salud es fundamental porque los colectivos más golpeados socioeconómicamente son mucho más vulnerables a la enfermedad y a la muerte que quienes están integrados sólidamente al entramado productivo.

Sin embargo, un sistema de salud equitativo no alcanza para resolver problemas de equidad anteriores a la asistencia médica, tales como la falta de agua potable y el saneamiento, o la carencia de vivienda digna, de educación y de alimentación adecuada.

Si los servicios y la gestión de la salud funcionaran mejor, si aumentaran su efectividad con medicamentos esenciales y con atención programada desde el embarazo hasta la hipertensión o la diabetes, quienes menos recursos tienen podrían disminuir notablemente las consecuencias de carga de enfermedad.

Por su parte, la desigualdad es identificada como un obstáculo insoslayable para el crecimiento económico de un país. Por eso, las sociedades de mayor desarrollo en el mundo son las que han logrado niveles de equidad superiores dentro de ellas. Distribuir salud, educación, ingresos y alimentos son el corazón de una política de Estado que realmente pretenda reducir la injusticia.

Estos elementos conceptuales que hemos listado aquí, dentro de las limitaciones que impone este espacio, deben ser considerados como fundamentos a la hora de abordar cualquier discusión que toque directa o indirectamente el tema de la pandemia que atravesamos hoy y, particularmente, en lo que atañe a las posturas divergentes sobre la necesidad de retomar las diversas actividades productivas cuanto antes en aparente oposición a la necesidad de sostener la cuarentena obligatoria. Sea cual fuera la postura que el lector asuma, debería partir del reconocimiento del derecho universal a la salud.

Lo anteriormente planteado es una necesidad para nuestra sociedad. Es por ello que estos temas deben ser considerados de una forma habitual y permanente. Y, por supuesto, no tenerlos en cuenta solamente en tiempos de pandemia.



Norberto Lembo (29 de octubre de 1950, Ciudad Autónoma de Buenos Aires) es un Contador Público especializado en los temas de Acoso Laboral y la relación entre la economía y la salud, áreas de conocimiento dentro de las cuales ha capitalizado su experiencia en la gestión pública y empresarial junto con años de investigación teórica. Ha sido docente en la Universidad de Buenos Aires, en la Universidad de Morón y en la Universidad del Salvador.

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