Beneficios impositivos para productores agropecuarios afectados por nevadas

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Como consecuencia de las nevadas extraordinarias de las últimas semanas, el Gobierno de Río Negro declaró el Estado de Emergencia y/o Desastre Agropecuario, para la actividad bovina, ovina y caprina en los Departamentos de San Carlos de Bariloche, El Cuy, Ñorquinco, Pilcaniyeu, 25 de Mayo y 9 de Julio de nuestra provincia.

La medida, dispuesta a través del Decreto 742 de la Gobernadora Arabela Carreras, tiene vigencia por un año desde el 1 de julio de 2020.

A través de este decreto se exime, total o parcialmente, en función del nivel de afectación, del pago del impuesto inmobiliario de inmuebles rurales y subrurales y del impuesto automotor. Además faculta a la Agencia de Recaudación Tributaria a evaluar la capacidad contributiva de los productores afectados para contemplar las exenciones totales  o parciales de los impuestos antes mencionados.

Se solicitó la homologación y asistencia económica a los Organismos Nacionales/ o a la Comisión Nacional de Emergencia y Desastre Agropecuario (CNEyDA).

La capacidad productiva de la Región Sur, principalmente, se encuentra afectada en por lo menos un 50% en algunos casos y en un 80% en otros, lo que dificulta gravemente la evolución de las actividades agrarias.

“Esta es una manera más de estar cerca de los rionegrinos, para acompañarlos en esta situación tan difícil, donde las condiciones climáticas se han presentado casi extremas. El objetivo  primordial es acompañar un sector que a pesar de las dificultades y la coyuntura no se ha detenido y continúa trabajando, generando mano de obra y pensando a futuro”, señaló la Gobernadora Carreras.

«Hemos relevado minuciosamente la situación con las dependencias técnicas de Ganadería del Ministerio y en base a informes técnicos del INTA. La actualidad es muy delicada, ya que hace muchos años que no se presentaba un invierno tan duro en nuestra provincia. En ese sentido queremos estar cerca de los productores que hoy necesitan del acompañamiento del Estado”, declaró el ministro de Producción y Agroindustria, Carlos Banacloy.

Otros decretos vinculados a la producción

 

•Mediante Decreto N° 641/20 declaró el Estado de Emergencia y/o Desastre, de los Establecimientos irrigados del Departamento de Adolfo Alsina, por causa de tormenta de granizo de fecha 23 de enero de 2020, y que realizan la producción de cebolla, zapallo, maíz, papa, quinoa y sorgo, por el término de un (1) año a partir de su firma.

•A través del Decreto N° 642/20 declaró el Estado de Emergencia y/o Desastre, por caída de granizo en los cultivos frutihortícolas, vitivinícolas, frutos secos, vid y otros, de las localidades afectadas del Departamento de General Roca, por el término de un año a partir de su firma.

•El Decreto N° 643/20 declaró el Estado de Emergencia y/o Desastre, por causas de incendios rurales, en lo que se refiere a la actividad ganadera bovina, ovina y caprina, a partir del 1 de marzo de 2020 y por el término de un año, en los Departamentos de Adolfo Alsina, Avellaneda, Conesa, Pichi Mahuida  y San Antonio.

En todos ello, se eximió a los productores, total o parcialmente, en función del nivel de afectación de los Establecimientos, del pago de impuesto inmobiliario de inmuebles rurales y subrurales y del impuesto automotor. Por último se solicitó la homologación y asistencia económica a los Organismos Nacionales.

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